2.- El señor gobernador del departamento del Quindío y la señora
alcaldesa...
...de Armenia, en uso de su buen juicio (felicitaciones) decidieron a motu propio
(felicitaciones) no pagar más las primas extralegales que desde hacía algunos años se pagaban en
estas entidades territoriales. Y escribo las felicitaciones en Derecho, pues no me opongo a que
haya primas o beneficios a los funcionarios; ojalá siempre las haya. Pero no aplaudo el que se
paguen por fuera de las normas vigentes. El Consejo de Estado en su última providencia, da por
sentada la jurisprudencia que debe ser utilizada, para que únicamente se paguen las que están
contempladas en el decreto 1919 de 2002. Son normas taxativas, es decir, única y exclusivamente
las que allí se señalan. Las que no aparezcan allí, simplemente no se pagan. Y si algunas que
aparecen en ese decreto no se están pagando, deben pagarse y punto. De paso López Espinosa y Ana
María Arango, se liberan de las citaciones que harán los fiscales a aquellos que ordenaron pagar
lo no debido, lo no ordenado y lo no legal, utilizando como argumento "el que pobrecitos los
funcionarios que se van a quedar sin navidad por culpa de unos envidiosos que todo lo quieren
demandar". Como dice Germán Rojas "ojo con eso".